QUATTUOR ASESORES INICIA LAS RECLAMACIONES DERIVADAS DEL “CÁRTEL DE COCHES”

Guía para reclamar los daños causados por el Cártel de Coches: coste, plazos y marcas

En 2015, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) impuso una multa récord de 171 millones de euros a más de una veintena de compañías automovilísticas, que englobaban tanto a marcas, como a concesionarios y empresas asociadas. La multa estaba motivada por pactar precios y mermar la libre competencia del mercado durante siete años, entre 2006 y 2013. En concreto, se les acusó de compartir información sensible y de fijar límites máximos a los descuentos que podían percibir los compradores al adquirir el vehículo.

Las prácticas llevadas a cabo por el cártel hicieron que disminuyera la competencia entre los distintos fabricantes de coches. Esto se tradujo en políticas comerciales menos agresivas y en un menor esfuerzo a la hora de distinguirse de las otras empresas, por ejemplo, proporcionando a sus clientes servicios de más calidad. Para los consumidores, supuso, entre otros, disfrutar de menores descuentos a la hora de comprar un coche nuevo y/o utilizar los servicios de postventa, reparación o mantenimiento.

La investigación en cuestión afectó a las siguientes marcas: Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroën, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Mercedes, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota y Volvo.

Tras la interposición de varios recursos judiciales, el Tribunal Supremo ha venido confirmando, a lo largo del presente año (2021), todas y cada una de las sanciones impuestas, lo que abre la posibilidad a los perjudicados de solicitar la devolución del sobrecoste en el que incurrieron en el momento de adquirir su vehículo. Con independencia del estudio individualizado que en cada caso efectuaremos, podemos indicar, a título orientativo, que pueden entenderse perjudicados aquellos sujetos que hubieran adquirido un vehículo de alguna de estas marcas en el periodo comprendido entre 2006 y 2013, siendo indiferente el hecho de que se hubiera adquirido la titularidad plena o se hubiera formalizado un contrato de leasing o arrendamiento financiero.

En el contexto arriba mencionado, y tras nuestra experiencia con éxito en el Céntimo Sanitario y Cártel de Camiones, QUATTUOR ASESORES se ofrece a llevar a cabo, en nombre de los clientes que así lo soliciten, el proceso de reclamación extrajudicial y, en su caso, judicial, del sobrecoste en que se incurrió en la adquisición de un vehículo en las condiciones antes mencionadas. A este respecto, nuestra estimación inicial es que ese sobrecoste puede cifrarse en una cifra aproximada al 10% del coste de adquisición, a lo que habrá que sumar, en caso de obtener una sentencia favorable, los intereses legales de esa cantidad.

Ante la inminencia de un posible riesgo de prescripción del derecho a reclamar, los interesados en hacerlo pueden comunicar su intención, antes del día 1 de marzo de 2022, en la siguiente dirección: [email protected] o [email protected], o en los teléfonos 687922930 y 662015892, indicando claramente marca y modelo de coche adquirido, matrícula, fecha de adquisición, importe o precio del vehículo y, en su caso, la documentación que conserve sobre dicha operación (facturas, comprobantes bancarios, papeles oficiales del vehículo, etc.).

Nuestra recomendación es que si estáis interesados, o podríais estarlo, no dudéis en interrumpir la prescripción, ya que transcurrido un cierto plazo sin haber presentado reclamación fehaciente contra el fabricante o concesionario, habréis perdido la posibilidad de ejercitar la acción en el futuro. Con anterioridad a la firma de la correspondiente hoja de encargo profesional, se informará convenientemente, en cada caso, acerca de la documentación a presentar por el cliente y las expectativas de éxito de su reclamación.

No lo dudes. Ponte en contacto con nosotros en la dirección [email protected] y [email protected] para el estudio sobre la viabilidad de tu caso y sobre los costes de dicha reclamación.

Blanca Cortés de Lacour
Palma, 9 de noviembre de 2021